APRUEBAN LEY QUE DEFINE A 5 MILLLAS MARINAS COMO ZONA EXCLUSIVA PARA PESCA ARTESANAL

24.11.2010 00:00

Norma establece sanciones de multa y suspensión de concesión, autorización o permiso de pesca de 6 meses a los que incumplan con la disposición y además, deroga Decretos Supremos 017-92-PE y 003-2008-PRODUCCION.
La Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas del Congreso de la República, que preside la congresista chimbotana Dacia Nena Escalante León, en sesión ordinaria de hoy aprobó la Ley que define como zona exclusiva para la pesca artesanal y la actividades acuícolas, la franja costera comprendida entre las 0 y las 5 millas marinas.
Asimismo, refiere que la norma declara como zona de protección de la flora y fauna existentes en ella y en las ensenadas, bancos naturales e islas ubicadas en el litoral costero.
También, que el cien por ciento de las especies que se extraigan de la zona de pesca señalada se destina exclusivamente para el abastecimiento del Consumo Humano Directo (CHD), excepto los productos acuícolas exportables.
Además, que queda prohibido a nivel nacional, en la zona de pesca la utilización de redes de cerco y arrastre artesanales e industriales, así como el uso de métodos, artes y aparejos de pesca que modifiquen las condiciones bioecológicas del hábitat marino.
Respecto a las sanciones por su incumplimiento, señala que “los armadores, los establecimientos industriales pesqueros y las personas que realizan actividad pesquera artesanal son sancionados con multas y con la suspensión de la concesión, autorización o permiso de pesca hasta por seis meses, siguiendo los principios de razonabilidad y proporcionalidad, sin perjuicio de otras sanciones aplicables en normas vigentes.

En ese sentido, se otorgará a las personas que realizan actividad de pesca artesanal el plazo de un año después de la vigencia de la ley , para su adecuación de sus artes y aparejos de pesca.
Igualmente, dispone que el control y vigilancia dentro de las 5 millas lo realiza el Ministerio de la Producción en coordinación con cada gobierno regional.
Finalmente, dispone la derogación de los Decretos Supremos N° 017-92-PE y 003-2008-PRODUCE, éste último que establece Regímenes Especiales de Pesca (REP) para el desarrollo de la actividad pesquera industrial, con autorización de los gobiernos regionales del litoral sur.
Los congresistas Tomás Zamudio, Martha Acosta, Martín Rivas y Dacia Escalante, del Partido Nacionalista; así como el congresista aprista Luis Negreiros, votaron a favor; y en contra la congresista aprista Lourdes Mendoza. Los congresistas, Jorge Torres (Apra) y Carlos Cánepa La Cotera, también presentes en la sesión, apoyaron con sus argumentos, la aprobación de la Ley.
Los congresistas, representantes de la región Ancash y miembros titulares de la comisión, Helvezia Balta y Wilder Calderón (Apra), no asistieron a la sesión.