FIJAN MONTO DE MULTAS A PEATONES INFRACTORES

05.11.2010 00:00

 Peatones que no cumplan con el pago de sus respectivas multas serán reportados a la central de riesgo financiero, INFORCORP.

La Oficina de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial del Santa dio a conocer el monto de las multas que se aplicará a partir de la fecha a todos aquellos peatones que infrinjan las normas de tránsito.
Estas sanciones son económicas y tienen como base legal el Decreto Supremo Nº 040-2010 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. De esta manera, el peatón que cruce la calzada sin respetar las normas de tránsito y que lo haga en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas, se hará acreedor a una multa equivalente a S/.108.00 (3% de la UIT).
Asimismo, serán multados con S/.72.00 (2% de la UIT) los peatones que crucen la pista de manera intempestiva o sin hacer uso de los puentes peatonales. También aquellos que hagan caso omiso a la luz roja o que no respeten la preferencia que tienen las ambulancias, patrulleros y otros vehículos de emergencia.
Con S/.27.00 (0.75% UIT) serán sancionados aquellas personas que intenten detener un vehículo en forma repentina, o quienes suban y bajen de un vehículo en marcha. Asimismo aquellos que utilicen las señales de tránsito con fines publicitarios o arrojen objetos que dificulten la circulación y pongan en peligro a otros usuarios.
Finalmente, se multará con S/.18.00 (0.5%UIT) a las personas que transiten cerca de un sardinel o al borde de una calzada, lo mismo que aquellos que viajen sujetos de los exteriores de un vehículo, asi como subir o bajar por el lado izquierdo de éste.
Como en el caso de las sanciones vehiculares, las papeletas por infracción peatonal serán aplicadas por personal de la Policía de Tránsito, y su cancelación deberá efectuarse en la Oficina de Tesorería de la Municipalidad Provincial del Santa.