Informó presidenta de la Comisión de Producción, Dacia Nena Escalante León.

19.10.2010 00:00

 PLENO DEL CONGRESO APRUEBA MODIFICACION
DE LEY QUE PRECISA EL ACTO COOPERATIVO

El Pleno del Congreso aprobó por mayoría y en segunda votación el Dictamen Proyecto de Ley N° 3747/2009-CR, que formula precisiones a los artículos 3 y 66 de la Ley General de Cooperativas, informó la presidenta de la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, Dacia Nena Escalante León.
“La iniciativa viene a solucionar un problema actual de diversos tipos de cooperativas, a excepción de las cooperativas de ahorro y crédito, que enfrentan graves problemas tributarios por desconocimiento de la filosofía y característica de las cooperativas, más precisamente por el acto cooperativo, es así que la SUNAT y Tribunal Fiscal vienen desconociendo y desnaturalizan los alcances de dichos artículos de la Ley de Cooperativas, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el DS 074-90-TR”, expresó la congresista Escalante.
Señaló que la norma precisa y define el acto cooperativo como aquel que se realiza internamente entre las cooperativas y sus socios en cumplimiento de su objeto social los cuales son actos propios de un mandato con representación y no tienen fines de lucro.
Explicó que este reconocimiento del acto cooperativo permite entre otros la inafectación del IR por los ingresos netos provenientes de las 

operaciones que realizan las cooperativas con sus asocios.
Incluso, manifestó que la OIT a través de la Recomendación 193, respecto al marco político y al papel de los gobiernos frentes a las cooperativas señala establecer que entre las medidas de apoyo a las cooperativas se podrían incluir, entre otras, en la medida de lo posible, ventajas fiscales.
Además, que la comisión especial encargada de evaluar el cumplimiento de la recomendación 193 de OIT recomienda establecer una nueva Ley General de Cooperativas, la cual debe ser técnica y excenta de temas que confronte con las políticas vigentes.
Por tanto, consideró que la propuesta va en relación con las políticas del gobierno sobre simplificación administrativa, tratamiento no discriminatorio entre las empresas política fiscal frente a exoneraciones y beneficios tributarios.
Escalante mencionó que entre los principales beneficios de la norma son: los miles de familias de cooperativistas de todo nuestro país, quienes por muchos años vienen construyendo este modelo como una forma para salir de la pobreza, incentivar la asociatividad y la formalidad mediante las cooperativas, etc.
Finalmente, manifestó que la aprobación de la ley no tiene repercusión significativa que pueda generar efectos fiscales negativos puesto que las cooperativas aportan un IR de solamente 00.7 del total recaudado por la Sunat en 2008, y en cuánto a IGV aportan 0.11 del total de recaudado por la SUNAT en el mismo periodo.